El objetivo principal es establecer la regla en casos de fallos contradictorios del TCE, que debe regir para el futuro y que será obligatoria para los órganos administrativos de la Función Electoral, autoridades y colectivos que se encuentren involucrados en asuntos de materia electoral.
- Los fallos contradictorios constituyen dos o más sentencias que disponen decisiones opuestas sobre un mismo punto de Derecho. Este reglamento será aplicado por la Secretaría General, la Dirección de Investigación Contencioso Electoral (DICE), la Unidad de Comunicación Social (UCS), la presidenta o el presidente y las juezas y/o jueces principales del TCE.
PROCEDIMIENTO:
- La Secretaría General pondrá en conocimiento de la DICE la razón de notificación de cada sentencia emitida.
- La DICE sistematizará los fallos mediante una ficha digital resumen.
- A través de un informe la DICE identificará las sentencias con decisiones contradictorias e informará a la presidenta o presidente del TCE.
- La presidenta o presidente remitirá el informe a las juezas o jueces principales, para su conocimiento.
- Si de la recomendación del informe deriva la emisión de una resolución, se convocará a una sesión jurisdiccional para que el Pleno adopte, por mayoría de votos, la resolución que contenga la disposición en casos de fallos contradictorios que debe regir para el futuro.
- Si una jueza o juez principal, como magistrado de única o segunda instancia, dentro del trámite de una causa identifica fallos contradictorios emitirá un proyecto de sentencia que contendrá la decisión que deberá regir para el futuro.
- La UCS, dentro de los dos días posteriores a la fecha de la publicación en el Registro Oficial de la disposición en casos de fallos contradictorios, difundirá la misma en la página web y demás canales comunicacionales del TCE.
- REGLAMENTO: http://bitly.ws/Jbu7
La disposición en casos de fallos contradictorios regirá para el futuro, por lo que no modificará lo resuelto en las sentencias ejecutoriadas.
¡En el TCE garantizamos democracia!