Numero 3
Octubre 2021
Tema:
La consulta de remoción de autoridades de los Gobiernos Autónomos Descentralizados: Una garantía de verificación al debido proceso.
PRESENTACIÓN
El artículo 61 de la Constitución de la República del Ecuador 2008 reconoce en sus númerales 2 y 5 los derechos que las ecuatorianas y ecuatorianos tenemos para participar en los asuntos de interés público y fiscalizar los actos del poder público; es en este sentido que el Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización (COOTAD) contempla como un mecanismo de control a la gestión de las autoridades de elección popular de Gobiernos Autónomos Descentralizados (GAD) la figura de remoción, la que opera siempre y cuando se demuestre la existencia de cualquiera de las causales previstas para su presentación y se haya observado el debido proceso en su trámite.
Ab. Milton Andrés Paredes Paredes MSc.
Director de Investigación Contencioso Electoral
Secciones
Esfera Institucional
Cumplimiento de formalidades y procedimiento de los procesos de remoción de las autoridades de los GAD. Dr. Joaquín Viteri Llanga Juez Principal TCE
Ámbito Electoral
La consulta de remoción de autoridades y control una garantía en verificación del debido proceso. Dr. Jorge Baeza Universidad Internacional del Ecuador
Precisiones
Proceso de remoción de Autoridades de Gobiernos Autónomos Descentralizados (GAD)
En Perspectiva
Entrevista: Rita Tunay Presidenta (s) CONGOPE
Escenario Electoral
Un refrendúm no puede acortar el período del parlamento. Marek Domin Constitucionalista
Arte y Cultura Democrática
Arte degenerado: Persecusión Nazi